Con la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016 en su artículo 355, las entidades territoriales están obligadas a adelantar el proceso de depuración contable en los dos años contados a partir de la entrada en vigencia de la misma. El cumplimiento de esta obligación deberá ser verificada por las contralorías territoriales.
De esta manera, el exsecretario de Hacienda de Soledad, Féderman Vizcaíno, desvirtuó informaciones que estarían advirtiendo una supuesta sanción contra el municipio por no acogerse a dicha Ley.
Según el reporte de la Contaduría Municipal, el ente territorial avanza en un 70% en el proceso de saneamiento contable.
Es así como se inició con la revisión de los saldos de aquellas cuentas auxiliares que presentaban saldos contrarios a la naturaleza de cada cuenta; de igual manera se incorporaron bienes de uso público en cuantía de $28.376.818.986, se han reconocido litigios por $2.859.049.000, se han depurado saldos de caja por $622.732.654, también de saldos de cuentas por cobrar en cuantía de $177.161.866.377. En el grupo de deudores se ha hecho una depuración de saldos por valor de $175.542.835.878. Por concepto de retenciones por pagar la depuración va en una cuantía de $1.605.304.498, mientras que la depuración de saldos por concepto de sindicatos alcanza los 4 mil 450 millones de pesos. A la fecha el pasivo total del ente territorial es de $ 316.486.106.557.
Ahora bien, la Contaduría General de la Nación, expidió la resolución No. 107 del 30 de marzo de 2017, la cual le regula el tratamiento contable que las entidades territoriales deben aplicar para dar cumplimiento al saneamiento contable, según lo establece la Ley 1819 de 2016. Así lo viene adelantando la administración municipal, por lo cual se estima que la depuración concluirá dentro de los términos señalados en la norma.
El 20 de febrero de 2017, la Contaduría General de la Nación expidió la circular 001 dirigida a los contralores de los diferentes entes territoriales para que teniendo en cuenta lo establecido en la ley, verifiquen el proceso de saneamiento contable y sus avances. Así mismo, en marzo del año pasado, la Procuraduría General de la Nación, emitió una circular dirigida a los representantes legales, contadores, jefes de control interno o quien haga sus veces, revisores fiscales, y contralores departamentales, distritales y municipales de las entidades públicas del nivel territorial en la que advierte sobre las sanciones a las que se pueden ver sometidos en caso de incumplimiento de la norma. De no cumplir se aplicarán las sanciones que establece el Código Disciplinario Único, que lo define como falta gravísima.
Señaló el ex funcionario que a Soledad se le ha cumplido, al tiempo que se ha recuperado del caos financiero en que se encontró, logrando ubicar al ente territorial en el puesto 70 en el ranking de desempeño fiscal de la Dirección Nacional de Planeación, y al ubicarlo en el puesto 11 a nivel nacional en el ranking integral.