Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) informó hoy que condenó al Estado de Colombia por la desaparición forzada del sindicalista Víctor Manuel Isaza Uribe, ocurrida en 1987.
En la sentencia notificada este miércoles a las partes, la CorteIDH declaró responsable al Estado por la violación de los derechos a la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal y a la libertad sindical de Isaza.
Además, declaró la responsabilidad del Estado por la violación de los derechos de acceso a la justicia y a ser oído en un plazo razonable, en perjuicio de él y sus familiares, y de los derechos a conocer la verdad y a la integridad personal de éstos.
El caso se remonta al 19 de noviembre de 1987 en el municipio de Puerto Nare, Departamento de Antioquia, cuando un grupo de hombres no identificados sustrajeron a Isaza de la cárcel del municipio, donde se encontraba en detención preventiva.
Isaza Uribe era miembro del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de Materiales de la Construcción (SUTIMAC) y simpatizante del partido político Unión Patriótica (UP).
El tribunal internacional indicó que el Estado colombiano tenía una especial posición de garante respecto de la víctima, quien se encontraba privada de libertad.
«Los agentes que lo custodiaban omitieron velar efectivamente por su seguridad y protección, y dado que la respuesta investigativa del Estado no constituyó una explicación satisfactoria sobre lo sucedido, la Corte consideró que se configuró una desaparición forzada», cita la sentencia.
Según la CorteIDH, el hecho fue perpetrado por miembros de una estructura paramilitar organizada que en ese entonces actuaba con aquiescencia de miembros de las fuerzas de seguridad del Estado de Colombia.
Además, el tribunal concluyó que la «desaparición tuvo relación con la actividad sindical de la víctima, lo cual habría acrecentado un efecto amedrentador en los demás miembros del sindicato, por lo cual se determinó que el Estado de Colombia es responsable por la violación de su libertad sindical».
Como parte de las medidas de reparación la Corte ordenó fortalecer los mecanismos de protección para sindicalistas, representantes y organizaciones sindicales, así como continuar con la investigación y búsqueda de Isaza.
También ordenó dar tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico a las víctimas y pagar indemnizaciones por concepto de daños materiales e inmateriales.
EFE