Una solicitud de permiso con los datos del responsable, aval del presidente de la Junta de Acción Comunal, una carta con el visto bueno de vecinos del sector, y radicado de solicitud de disponibilidad de la Policía, son los primeros requisitos que debe cumplir una persona, natural o jurídica, o entidad privado u oficial, que desee realizar un evento de Carnaval con aglomeración de público.
La solicitud se recibirá en ventanilla única de la Alcaldía hasta las 3:30 de la tarde del viernes 15 de febrero.
Así se desprende del más reciente Comité de Prevención, Vigilancia, Seguridad y Control de Soledad, que estableció las reglas de juego para la realización de actividades propias del Carnaval, distintas a las que hacen parte de la programación oficial.
Posterior a esta solicitud, que debe radicarse en la ventanilla única de la Alcaldía, siguen otros requisitos que pueden irse gestionando antes de que el comité se pronuncie sobre si avala o rechaza dicha petición.
Posterior a ello, si el comité concede el permiso, el o los interesados deberán presentar la disponibilidad de servicio expedida por la Policía, autorización expedida por los titulares de derechos de autor y compositor o su representante como son Sayco y Acinpro y póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, según el tipo de evento a realizar.
De acuerdo con la secretaría de Gobierno del municipio, de la que depende el comité, el plan de emergencia y contingencia debe contener, entre otras cosas, la descripción del evento, el estimado de cuántas personas aspiran a convocar, cronograma de actividades, análisis del riesgo, organización del evento, plan de seguridad, vigilancia y acomodación, plan de atención de primeros auxilios y atención médica, plan de protección contra incendios, plan de evacuación y plan de información pública.