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Predio que tenga modificaciones en áreas y destino, es una de las excepciones de la ley que fija limitantes al impuesto predial

El Gerente de Gestión de Ingresos del Distrito,  Fidel Castaño, afirmó que tiene excepciones  la ley 1995 que fija limitantes al impuesto predial para los próximos cinco años y que fue sancionada por el Presidente Iván Duque.

Precisó que para los predios que tenga modificaciones en áreas y destino no aplica esta ley.

Castaño Duque, explicó que por esta norma el impuesto predial no podrá incrementarse más del IPC que es del 3% más ocho puntos  quedando en un 11%.

El Gerente de Ingresos, señaló que la norma establece una condición especial para los estratos 1 y 2, donde los propietarios que tengan un inmueble que no cueste más de 135 salarios mínimos ($111.795.660 millones) solo se les aplicará un cobro que no podrá sobre pasar el 100% del IPC.

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