A traves de un auto el Juzgado Décimo de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Barranquilla, a través de la titular de ese despacho, Dra. Julia Carolina Cabal Barros, admitió la acción de tutela promovida por el estudiante de economía de la Universidad del Atlántico, Luis Santiago Vargas Otero.
La protección solicitada persigue la protección de los derechos fundamentales a la igualdad y a la educación figurando como parte accionada, Elsa Margarita Noguera De la Espriella, en su doble condición de gobernadora y presidente del Consejo Superior de la Universidad del Atlántico. Por los mismos hechos el juzgado decidió vincular al Ministerio de Educación.
Para el accionante la reanudación de clases virtuales instaura, sin que se adopten medidas para evitarlo, un trato discriminatorio entre estudiantes al establecer distinciones entre quienes tienen en sus domicilios conectividad a internet y herramientas tecnológicas y quienes, por su precaria situación económica, no cuentan con esos importantes recursos.
Según el artículo 13 de la Constitución las autoridades deben garantizar un trato igual a todas las personas, quienes deben recibir la misma protección y trato y gozar de los mismos derechos y oportunidades para lo que deben garantizarse condiciones que hagan que la igualdad sea real y efectiva mediante la adopción de medidas que favorezcan a grupos discriminados o marginados o en circunstancia de debilidad manifiesta
Vargas Otero había sido el primer estudiante que a través de derecho de petición había solicitado el pasado 5 de abril el cambio transitorio y excepcional de los métodos de enseñanza y de evaluación (1); que el Departamento y la Universidad garantizaran, de manera subsidiada servicios de internet y equipos de computación en préstamo (2); la implementación de programas de alimentación a los estudiantes más vulnerables (3) y exoneración de todo tipo de pagos por reintegro o por matrícula en pregrado y postgrado (4)