El Gobierno nacional publicó el decreto 1168 de 2020 que imparte instrucciones sobre el aislamiento selectivo dentro de la pandemia de coronavirus en Colombia y que tiene por objeto regular esta fase.
El Decreto señala que todas las personas y todas las actividades deberán estar sujeta al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control del Covid-19.
«En ningún municipio del territorio nacional, se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales: 1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social. 2. Los bares, discotecas y lugares de baile. 3. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes», menciona el Decreto.
Y los alcaldes podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales.
Además cierra por un mes hasta el 1 de octubre, los pasos marítimos, terrestres y fluviales de frontera con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela.
Este es el decreto