Al considerar que contiene ilegalidades, la Gobernación del Atlántico no aprobó el acuerdo mediante el cual el Concejo de Soledad autorizó al alcalde, Rodolfo Ucrós, a contratar un nuevo concesionario y comprometer vigencias futuras para los servicios de acueducto y alcantarillado por 25 años.
Emisora Atlántico y Zona Cero.com conocieron en exclusiva la acción jurídica que la Gobernación radicó ayer ante el Tribunal Administrativo del Atlántico para que declare si el Acuerdo 274 de 2022 es válido o si, por el contrario, debe anularse.
El documento, firmado por Luz Romero Sajona, secretaria jurídica departamental, revela que, tras pedirle a la Alcaldía de Soledad la documentación sobre las vigencias futuras excepcionales que deben soportar lo que sería la nueva concesión, teniendo en cuenta que ésta supera el periodo del actual gobierno, encontraron varios hechos que apuntan a la ilegalidad.
“(…) el Concejo Municipal de Soledad omitió definir en el Acuerdo 000274 de 2022 los términos mínimos que debe contener la autorización al alcalde municipal para la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras excepcionales, monto máximo y condiciones de las vigencias futuras a autorizar”, resalta la acción de validez que la Gobernación radicó.
En sus objeciones jurídicas, argumenta que el acto administrativo del cabildo “carece de un monto total autorizado (…), limitando así el análisis de los diferentes indicadores legales plasmados en el Marco Fiscal de Mediano Plazo del ente territorial, toda vez que al ser superior a los proyectados inicialmente se desconocería el impacto definitivo de los mismos”.
En el ítem “Normas violadas, causales de nulidad y concepto de la violación”, la secretaria Romero Sajona afirma que el Acuerdo 274 “desconoce las exigencias legales establecidas para la adquisición de obligaciones con cargo al presupuesto de vigencias futuras”.
Expresa que por tratarse de una autorización que superan el período de gobierno del mandatario solicitante -termina el 31 de diciembre de 2023- “se requiere de la declaratoria de importancia estratégica expedida por parte del Consejo de Gobierno, luego de verificar los correspondientes estudios técnicos (Decreto 2767 de 2012), los cuales no fueron adjuntados por el Municipio, por tanto, no es posible determinar si se cumplió con lo señalado en la normativa”.
“La ausencia de fijación de un monto máximo y de las condiciones de las vigencias futuras a autorizar generan incertidumbre sobre su validez, la planeación del impacto fiscal y dificultan el control ciudadano sobre la gestión de las autoridades municipales”, argumenta la Gobernación.
Subraya que en el artículo segundo del acuerdo, para escoger un nuevo operador del servicio de acueducto y alcantarillado, el Concejo autoriza a la administración municipal a comprometer vigencias futuras con cargo a los recursos del Sistema General de Participación, pero “no se encuentra señalado si los mismos serán destinados a inversión o a subsidios en la tarifa del usuariofinal”; como tampoco dicen a qué destinarán los recursos propios que comprometen en el artículo tercero.
Recuerda la funcionaria que, de acuerdo con las normas vigentes, el monto máximo de las vigencias futuras, plazos y condiciones de las mismas deben consultar las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo. “(…) no contar con el respectivo monto imposibilita el cálculo de la capacidad de endeudamiento del Municipio durante la vigencia de la concesión, lo que resulta en un posible incumplimiento de la Ley”, considera la administración departamental.
“Por lo anterior -reafirma- no es posible que se pueda dar autorización para comprometer vigencias futuras excepcionales con un monto indeterminado, en el entendido que estos valores son necesarios para esclarecer su correspondencia con las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo y su inherencia en la capacidad de endeudamiento del Municipio”.
La posición de la Gobernación se suma al control de advertencia que hizo, la semana pasada, la Procuraduría General de la Nación sobre presuntas irregularidades en el trámite de dicho proceso.
De aceptar la acción de validez en contra del Acuerdo 274 que presentó la Gobernación, el Tribunal Administrativo del Atlántico tendrá 40 días para tomar una decisión final, contra la cual no procederá recurso alguno.
Twitter: @JoseGranadosF