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Ministerio de Transporte y Agencia Nacional de Seguridad Vial adoptan metodología para establecer velocidad límite

Con el objetivo de gestionar integralmente la velocidad en el país y disminuir las fatalidades y lesiones graves asociadas a este factor de riesgo, el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), expidió las resoluciones número 20233040025995 y 20233040025895, la primera para establecer velocidad límite en las vías colombianas y la segunda para reglamentar la implementación de los planes de gestión de la velocidad para municipios distritos, áreas metropolitanas y departamentos de categoría especial 1, 2 y 3. 

Para el ministro de Transporte, William Camargo Triana, cabeza del sector transporte “Julián Esteban nos dejó una tarea que hoy estamos cumpliendo.  Primero, nuestro objetivo con la expedición de estos documentos es proteger la vida.  Las resoluciones incluyen herramientas prácticas para que en los territorios puedan adoptarlas e implementarlas.  Estamos hablando de una política pública aterrizada en las regiones y al servicio de los gobiernos locales” indicó el funcionario.   

Los documentos, además de incluir y explicar el enfoque de sistema seguro, la importancia de gestionar la velocidad y la normatividad vigente en Colombia, también exponen el fenómeno como un factor de riesgo para la seguridad vial y su impacto en las cifras de siniestralidad vial a nivel nacional.  

El exceso de velocidad es uno de los principales riesgos de los actores viales en la vía, de acuerdo con nuestro Observatorio Nacional de Seguridad Vial, hace parte de las causas más comunes asociadas a la siniestralidad. Con estos documentos, se busca promover medidas y estrategias integrales para proteger la vida de los actores viales, pero también darle herramientas a los territorios para que aterricen a sus particularidades las medidas para frenar este factor de riesgo en sus zonas de influencia” indicó la directora encargada de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Lina Huari. 

Finalmente, sobre la metodología para establecer velocidad límite la funcionaria explicó que el documento técnico sirve para establecer límites  acordes con el entorno y tipo de vía, definir criterios de revisión y actualización de los límites de velocidad, y finalmente, comprender si se deben planear y establecer medidas que acompañen el cumplimiento del límite establecido. 

En vías urbanas y carreteras municipales, no se podrá sobrepasar los 50 kilómetros por hora en materia de velocidad. En zonas escolares y residenciales, será hasta 30 kilómetros por hora. En carreteras departamentales y nacionales, no se podrá sobrepasar de los 90 kilómetros por hora. Para el caso de las vías en doble calzada que no tengan pasos peatonales, la velocidad máxima será de 120 kilómetros por hora. 

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