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Consejo de Estado suspende ‘decretazo’ que convoca la consulta popular

La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió la demanda que pretende la nulidad del Decreto 0639 de 2025 que convoca la consulta popular y emitió una medida cautelar que suspende los efectos de la normativa firmada por el Presidente Gustavo Petro.

El alto tribunal administrativo indicó que aceptó la demanda al concluir que se trata de un acto de contenido electoral proferido por una autoridad del orden nacional que desarrolla un mecanismo de participación ciudadana, como lo es la consulta popular.

La providencia señaló que la Sección Quinta es competente para adelantar el trámite del medio de control de nulidad, conforme lo dispuesto en el artículo 149.1 del CPACA y el artículo 13 del Acuerdo 80 de 2019 (modificado por el Acuerdo 434 de 2024 de la Sala Plena de esta corporación).

«Asimismo, en ejercicio de una medida cautelar de urgencia solicitada por el demandante, y en aplicación del artículo 234 de la Ley 1437 de 2011, suspendió los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025, al advertir que fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República, en los términos previstos en el artículo 104 de la Constitución», señaló el Consejo de Estado.

En la providencia se indicó: «En ese orden de ideas, debe señalarse que de la lectura de los artículos 104 de la Constitución Política, y 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente, se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe».

Esta medida cautelar de urgencia se da por la demanda interpuesta y citada en párrafos anteriores.

Cabe destacar que esta decisión del Consejo de Estado se anticipa al concepto de fondo que pidió el Registrador Nacional, Hernán Penagos.

La suspensión de los efectos del ‘decretazo’ es un duro golpe para el Presidente Gustavo Petro.

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