La Corte Constitucional concedió la razón al Presidente de la República Gustavo Petro, quien interpuso una acción de tutela contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), que había abierto una investigación en su contra por presuntamente superar los topes de la financiación de su campaña presidencial en 2022.
La Corte precisó que el CNE no es el organismo encargado para investigar al mandatario y aclaró que el único que debe hacerlo, de acuerdo a la Constitución, es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
Bajo esta decisión, la Corte le concedio un plazo de cinco días al CNE para que remita el expediente de la investigación a dicha corporación en el Congreso.
Así mismo esta decisión de la Corte Constitucional tumba lo indicado por el Consejo de Estado, que en agosto del 2024 conceptuó lo contrario y que sostuvo que la CNE sí podía investigar al Mandatario de manera administrativa.
Ante esto, el Consejo Nacional Electoral emitió un breve comunicado señalando que “continuará con la investigación sobre la presunta violación de topes de la campaña presidencial del Pacto Histórico 2022, de conformidad con el ordenamiento jurídico y acatando lo que dispongan los órganos judiciales”.
Así mismo precisó que “el procedimiento sancionatorio continuará respecto de los sujetos que de acuerdo con la Ley deban responder por la posible infracción a la normativa electoral”.
En otras palabras, la investigación a la campaña presidencial continuará y sancionará a las personas, si es el caso, que estarían involucrada, con excepción del Presidente que deberá ser investigado y sancionado solamente por la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes si llega a ver alguna responsabilidad del mandatario.