Con el propósito de reducir la siniestralidad vial y proteger la vida de los motociclistas y demás actores viales, la Alcaldía de Barranquilla expidió el Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025, que mantiene y prorroga hasta octubre de 2026 las medidas que regulan la circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos y motocarros en la ciudad.
De acuerdo con los indicadores de siniestralidad de 2025, se han reportado 95 víctimas por siniestros de tránsito, de las cuales 53 fueron motociclistas (43 conductores y 10 pasajeros), lo que equivale al 56 % del total de fallecidos. Las principales causas son no respetar las señales de tránsito y el exceso de velocidad.
“Nuestra prioridad sigue siendo proteger la vida de todos los actores viales. Con esta renovación reafirmamos nuestro compromiso con una movilidad más segura, organizada y responsable en Barranquilla”, declaró Yaciris Cantillo Romero, secretaria distrital de Tránsito y Seguridad Vial.
Principales medidas vigentes
1. Circulación nocturna restringida:
No se permite el tránsito de motocicletas, motociclos, mototriciclos y motocarros todos los días entre las 11:00 p.m. y las 5:00 a.m.
Excepción: el propietario podrá circular presentando su licencia de tránsito y llevando acompañante solo si está inscrito.
2. Restricción de circulación en el Centro:
Prohibida la circulación en el cuadrante comprendido por:
- Calle 30 (carreras 46 a 38)
- Carrera 38 (calles 30 a 45)
- Calle 45 (carreras 38 a 46)
- Carrera 46 (calles 45 a 30)
Entre las 6:00 a.m. y 7:00 p.m., los motociclistas podrán acceder sin acompañante y sin permiso especial a los tramos habilitados para actividades comerciales.
3. Permisos especiales:
Las empresas y estudiantes con sede dentro de la zona restringida pueden solicitar permisos a través del portal oficial:
👉 https://portal.barranquilla.gov.co:8181/Portal_Permisos_Transito_Web/
4. Otras restricciones importantes:
- Prohibido circular por vías de Transmetro las 24 horas del día.
- Restricción permanente en el corredor portuario.
- Limitación para circular con acompañante no inscrito en corredores como Circunvalar, Cordialidad, Calle 30, Vía 40 y Avenida del Río.
- Motocarros solo pueden circular si transportan mercancía, no pasajeros.
- Prohibido transportar mujeres embarazadas o menores de 12 años en motocicletas.
Inscripción de acompañantes
Los propietarios deben registrar hasta 10 acompañantes autorizados, incluyendo familiares directos, en el enlace:
👉 https://portal.barranquilla.gov.co:8181/Inscripcion_Motociclistas/
Solo se permite una modificación mensual de la lista. La verificación se hará por medios digitales, sin necesidad de portar documentos físicos.
Sanciones
Quienes incumplan las medidas serán sancionados con una multa de $603.939 (15 SMDLV) y la inmovilización del vehículo, según el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito.
La Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial reiteró que estas medidas —que ya venían aplicándose— seguirán vigentes hasta octubre de 2026, en el marco de la política distrital de movilidad segura


