Un juzgado de la República ordenó a la Dian suspender cualquier actuación encaminada a ejecutar cobros coactivos contra la Refinería de Cartagena (Reficar), incluidos embargos, bloqueos de cuentas, órdenes de retención o comunicaciones dirigidas a entidades financieras, mientras avanza un proceso en la jurisdicción contencioso-administrativa.
La determinación surge tras una acción de tutela presentada por Reficar, en la que la compañía aseguró que la autoridad tributaria estaría vulnerando sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y a la libertad económica.
El litigio tiene origen en las liquidaciones de la Dian que exigen el pago del IVA del 19% por la importación de diésel y gasolina, gravamen que la empresa ha cuestionado por vía judicial. Según la refinería, la aplicación del impuesto genera efectos que consideran contrarios a la normatividad vigente.
El juzgado dispuso mantener la medida cautelar hasta que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo se pronuncie de fondo sobre la legalidad de las liquidaciones o hasta que el mismo despacho decida levantarla mediante providencia motivada.
Adicionalmente, la Dian quedó impedida para enviar comunicaciones a bancos o entidades financieras que puedan afectar las cuentas de Reficar mientras esté vigente la orden judicial.


