Al resolver las impugnaciones presentadas por varios de los demandados, el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento ratificó a la orden de exhumación del cuerpo de la enfermera Marilyn Pérez tras más de seis meses de su fallecimiento.
El juez determinó que hubo negligencia en el momento en que funcionarios de la Clínica El Prado entregaron el cuerpo, y de allí surgió la confusión.
Por esa razón, ese centro asistencial debe presentar disculpas públicas.
El juzgado eximió de responsabilidad a la funeraria, debido a que se comprobó que no cometió error o acto alguno, del cual se pueda derivar responsabilidad por una eventual entrega errática de los restos mortales.
Con respecto a la EPS Coomeva, el juez determinó que no incurrió en una conducta omisiva, ya que cumplió a cabalidad con todos los servicios médicos y hospitalarios requeridos por la difunta, con relación a la patología que presentó.