Con esta decisión, Samuel Viñas debería retornar a la cárcel, de donde salió el pasado 7 de febrero, luego de que un juez le concediera la detención domiciliaria, sin tener en cuenta que en ese momento la Corte Suprema de Justicia no se había pronunciado acerca de la tutela que Viñas interrpuso a finales del año pasado.
La ponencia del magistrado Eugenio Fernández indica que Viñas Abomohor debe recibir servicio médico carcelario y el tratamiento hospitalario que permita su recuperación física, como lo ordene el médico tratante, garantizando en todo momento, dentro de las condiciones penitenciarias de seguridad a las que haya lugar, el cumplimiento de la pena intramural que le fue impuesta.
Samuel Viñas fue sentenciado a una pena de 42 años y nueve meses por el asesinato de su esposa Clarena Acosta en el 2010.