En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 14 años a Ismael Felipe Jiménez Riaño, docente de la Institución Educativa Técnica Tajamar de Soledad, ubicada en el municipio de Soledad, Atlántico, por realizar actos sexuales y filmar estos encuentros con una menor de 14 años.
El ente disciplinario demostró que en el año 2022 el profesor de educación física, en dos oportunidades, sostuvo relaciones sexuales con una alumna menor de edad, en las instalaciones de la Institución Educativa y, en un motel, donde grabó con su celular el momento para guardarlo como recuerdo.
A juicio de la Procuraduría, el disciplinado causó daño a la menor en su intimidad e integridad sexual, no solo físicamente sino a nivel psicológico, acrecentando inseguridades, miedos y frustraciones, y desconociendo que su misión no debe ser otra que “enseñar e inspirar a sus estudiantes en su formación académica”.
El Ministerio Público aseguró que “(…) los niños, niñas y adolescentes gozan de una especial protección tanto en el ámbito internacional como en el derecho interno, motivada en su situación de indefensión, vulnerabilidad, debilidad y la necesidad de ofrecerles un desarrollo armónico e integral que les provea las condiciones indispensables para convertirse en miembros autónomos de la sociedad”.
“Al aprovecharse de su autoridad y acceder carnalmente a la estudiante, Jiménez Riaño afectó sustancialmente sus deberes funcionales, atentando contra la buena prestación del servicio público y afectando el buen funcionamiento del Estado”, agregó el ente de control.
En esta etapa procesal, la Procuraduría Regional de Juzgamiento del Atlántico afirmó que “dentro de la psiquis del disciplinado existía la convicción de forma reiterada hacia la menor de cometer la conducta delictiva, quien para la época era estudiante de secundaria”, y calificó sus faltas como gravísimas a título de dolo.
*Con información de la Procuraduría