Una grave incertidumbre jurídica rodea a la Universidad del Atlántico, luego de que sectores académicos y administrativos advirtieran que el rector encargado, Rafael Ángel Castillo Pacheco, no cuenta con acta de posesión, trámite obligatorio para asumir legalmente el cargo.
De acuerdo con información conocida, la Gobernación del Atlántico afirmó de manera expresa que el gobernador no ha realizado diligencia alguna de posesión, ni existen documentos administrativos que acrediten dicho acto, lo que pone en entredicho la legalidad del ejercicio de la rectoría.
Expertos en derecho público han recordado que la posesión no es un trámite opcional, sino el acto que otorga investidura y habilita el ejercicio de funciones públicas. Según la jurisprudencia del Consejo de Estado, el nombramiento de un empleado público constituye un acto condición, que solo produce efectos jurídicos una vez se perfecciona con la posesión. En consecuencia, la designación por sí sola no reemplaza este requisito, incluso en escenarios de vigilancia especial por parte del Ministerio de Educación Nacional.
La ausencia de posesión abre un riesgo jurídico significativo, ya que el artículo 425 del Código Penal colombiano tipifica como delito la usurpación de funciones públicas, cuando una persona ejerce actos propios de un cargo sin estar legalmente autorizada.
Esta situación genera preocupación entre estudiantes, docentes, egresados y funcionarios, debido a que las decisiones académicas, administrativas y financieras adoptadas bajo esta condición podrían ser objeto de cuestionamientos legales, afectando la estabilidad institucional.
Especial inquietud existe frente a la expedición reciente de diplomas, resoluciones y otros actos administrativos, cuya validez depende directamente de que la autoridad que los suscribe esté legalmente habilitada para ejercer el cargo.
Sectores universitarios insisten en que la Universidad del Atlántico, como institución pública, no puede operar en un limbo jurídico, ya que esto compromete la fe pública y la seguridad jurídica del sistema educativo. Mientras no se formalice el acto de posesión conforme a la ley, persisten los cuestionamientos sobre la legitimidad de la rectoría encargada y los efectos legales de sus decisiones.










