La Alcaldía de Barranquilla confirmó la vigencia del Decreto Distrital 0049 de 2026, que prohíbe el transporte de parrillero masculino en sectores priorizados de la ciudad como parte de las acciones para fortalecer la seguridad y la convivencia ciudadana.
La restricción aplica para motocicletas, motocarros, cuatrimotos, mototriciclos y vehículos eléctricos livianos, sin importar el propietario del vehículo, y se extiende al siguiente cuadrante:
- Calle 72, límite carril oriental.
- Carrera 38, límite carril sur.
- Carrera 65, límite carril norte.
- Hasta la Avenida Circunvalar, sin incluirla, límite occidental.
La medida estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, los 7 días de la semana y las 24 horas del día dentro del área definida.
Excepciones a la restricción
El decreto establece excepciones para quienes requieran desempeñar funciones oficiales o actividades específicas, incluyendo:
- Miembros de la fuerza pública, Policía Judicial, organismos de tránsito y transporte, y organismos de socorro.
- Escoltas de funcionarios de los órdenes nacional, departamental, distrital y municipal, debidamente identificados.
- Supervisores de vigilancia privada, siempre que estén uniformados, identificados y con vehículos señalizados con el logo de la empresa.
Con esta decisión, la Alcaldía busca reducir la criminalidad asociada al uso de motocicletas y garantizar la seguridad de los ciudadanos en los sectores priorizados de Barranquilla