in ,

Distrito establece restricciones para carros particulares, taxis y buses intermunicipales

En el marco de la emergencia por el COVID-19

COMPARTIR EN:

Atendiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, las medidas decretadas por el Gobierno Nacional, la Alcaldía de Barranquilla y la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, a través del Decreto 0413 del 6 abril de 2020, se implementó, como medida para mitigar y prevenir la propagación del COVID-19 y evitar aglomeraciones, la restricción de la circulación en algunas vías de El Centro, El Boliche y Barranquillita para vehículos particulares, de transporte público individual (tipo taxi) y transporte público terrestre por carretera (intermunicipal).

Por lo anterior necesario implementar a partir del lunes 13 de abril de 2020, puntos de ascenso y descenso de pasajeros de buses intermunicipales, de la siguiente forma:

Es así como se restringirá la circulación de vehículos particulares, de transporte público individual (tipo taxi) y transporte público terrestre por carretera (intermunicipal) en el Centro de la ciudad y en los sectores de Barranquillita y El Boliche.

Igualmente se restringe actividades de ascenso y descenso de pasajeros de transporte público terrestre por carretera (intermunicipal), con base en el siguiente plan manejo de tráfico implementado por la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial:

  1. Puerto Colombia Carrera 46 

Recorrido:

Carrera 46 -Calle 91 – Carrera 49C – Calle 87 – Carrera 51B – Calle 75 – Carrera 54 – Estadio de Beisbol Édgar Rentería – Carrera 54 – Carrera 53 – Calle 100 – Carrera 46 – salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros:

Estadio de Beisbol Édgar Rentería.

 

  1. Puerto Colombia Carrera 51B

Recorrido:

Carrera 51B – Calle 75 – Carrera 54 – Estadio de Beisbol Édgar Rentería – Carrera 54 – Carrera 53 – Calle 100 – Carrera 51B – salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros:

Estadio de Beisbol Édgar Rentería.

 

  1. Avenida Cordialidad

Recorrido:

Avenida Cordialidad (Calle 42) – Avenida Cordialidad (Carrera 26 A) – Avenida Cordialidad (Calle 39) – Avenida Cordialidad (Carrera 30) – Avenida Cordialidad (Calle 38) – Carrera 32 – Calle 37 – Carrera 30 – Avenida Cordialidad (Calle 30) – Avenida Cordialidad – salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros:

Parque Almendra.

 

  1. Calle 30:

Recorrido:

Calle 30 – Carrera 33 – Calle 34 – Carrera 32- Calle 30 – salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros:  

Carrera 33 entre Calle 34 y 33.

 

  1. Juan de Acosta, Tubará, Piojó y Carrera 38:

Recorrido:

Carrera 38 – Calle 47 – Carrera 35 – Calle 50 – Carrera 38 – salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros:

Cementerio Universal.

 

  1. Calle 17 (Palermo):

Recorrido:

Calle 17 – Carrera 30 – retorno en Calle 14 – Carrera 30– Calle 17 – Salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros:  

Carrera 30 entre Calle 17 y Calle 14.

 

Según informó la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial, la nueva medida y rutas fueron socializadas con cada una de las empresas de transporte público terrestre por carretera (Intermunicipal) y la ciudadanía en general.

Indicó que se debe tener en cuenta que las medidas adoptadas se mantendrán vigentes hasta que el Gobierno Nacional a través de acto administrativo decrete la terminación de la emergencia sanitaria en el país.

Se estableció además que el conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14: Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($ 438.900).  Además, el vehículo será inmovilizado.

COMPARTIR EN:

Joven de 16 años oriundo de Polonuevo, primer paciente recuperado de COVID-19 en municipios del Atlántico

1500 personas, en 86 camiones, han llevado unas 2 mil toneladas de alimentos a por lo menos 1 millón de atlanticenses en menos de 20 días