La Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, evitó entregar más de $46 billones de pesos gracias a la gestión en defensa judicial que adelantó la entidad durante el 2019. Se emitieron diversas acciones judiciales a favor de la entidad por parte de los juzgados, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado Colombiano y la Corte Suprema de Justicia; para varias de estas acciones se contó con el acompañamiento de la Procuraduría General de la Nación y la Agencia de Defensa Judicial del Estado.
Durante este año fueron diferentes logros para la entidad en esta materia, entre ellos la expedición de la sentencia SU-182 de 2019, que ratificó la facultad de Colpensiones para revocar de forma directa pensiones fraudulentas sin necesidad de acudir al proceso penal y sin la autorización del consentimiento del afiliado. A propósito, esta última sentencia fue nominada por parte de la Corporación Excelencia en la Justicia en la categoría de mejor acción legal del año contra la corrupción. Así mismo, se destaca la sentencia SU-140 de 2019 proferida por la Corte Constitucional, a través de la cual se reafirma la derogatoria de los incrementos pensionales contenidos en el decreto 758 de 1990.
“Tenemos como propósito fortalecer el Régimen de Prima Media y, por esta razón, trabajamos diariamente para que se garantice la cobertura de las prestaciones económicas a favor de todos nuestros pensionados y afiliados. Este ahorro es el resultado de ese trabajo que hacemos por los colombianos”, aseguró Juan Miguel Villa, presidente de Colpensiones.
Otra de las decisiones relevantes que sumó a este gran resultado fue la proferida en primera instancia por el Juzgado 4º administrativo de Cali, que negó a un importante número de afiliados el reintegro de recursos que, vía acción de grupo, perseguían por el presunto cobro excesivo de los gastos de administración descontados por su empleador.
Han sido muchas acciones y decisiones las que han aportado a la protección de los recursos del sistema, encontrando otra de gran importancia como lo ha sido el precedente de la Corte Constitucional y el del Consejo de Estado, quienes armonizaron el criterio para calcular el ingreso base de liquidación de los empleados públicos en régimen de transición teniendo en cuenta los últimos 10 años de servicio.
“Todo esto se ha logrado gracias al trabajo fuerte que ha realizado el equipo de Defensa Judicial de Colpensiones. Continuamos protegiendo los recursos de los colombianos y garantizando la sostenibilidad financiera del sistema pensional, lo cual permite ampliar la cobertura en la protección económica a la vejez”, puntualizó el funcionario.