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Concesionarios de transporte masivo de todo el país piden Mintransporte, tomar urgentes medidas de auxilio económico para garantizar operación

El gerente de Sistur, José Emiro Picón, gerente de Sistur, advirtió que el Gobierno Nacional debe implementar auxilios económicos para que siga operando los Sistemas de Transporte Masivo como lo es el Transmetro.

Advirtió que por la cuarentena por el COVID-19, apenas se está movilizando el 15 por ciento de los pasajeros que a diariamente movilizan en los buses de Transmetro.

Picón consideró que a través de los fondos de contingencia se deben garantizar recursos para el funcionamiento de los sistemas de transporte masivo.

Quince empresas concesionarias de los distintos sistemas de Transporte Masivo del país, elevaron la petición a la Ministra Ángela María Orozco solicitando tomar medidas económicas urgentes para minimizar en algo las cuantiosas pérdidas que están asumiendo y que podrían obligar la parálisis de la operación de los sistemas en toda Colombia.

Algunas de las solicitudes de los concesionarios son:

  • Aportes de la Nación o de los Entes Territoriales a los Fondos de Contingencia existentes o la creación de nuevos fondos de contingencia destinados a cubrir los déficits de operación actual, y aliviar los costos fijos de la operación en este escenario de reducción drástica de la demanda, teniendo en cuenta como modelo, lo establecido en el Decreto 444 de 2020 dado el alcance de servicio público esencial que tiene el transporte masivo de pasajeros en Colombia.
  • Liberación para su uso como apoyo a la subvención de la operación de todos los Fondos ya creados y pactados en los diferentes contratos de concesion de los SITM y los SITP tales como fondos de mantenimiento y expansión del sistema, fondos de sostenibilidad, Fondos de Estabilización Tarifaria, etc.
  • Eliminación transitoria del pago a los Entes Gestores para distribuir estos fondos entre los operadores de transporte y de recaudo.
  • Extensión automática del plazo de los contratos de concesión, tal como se hizo, por ejemplo, para los contratos de concesión de APP bajo la Ley 1508 o para los contratos de concesión portuaria.
  • Suspensión de algunas obligaciones contractuales en el marco de la contingencia.
  • Implementación de un subsidio a los combustibles o impuestos a los combustibles que es perfectamente viable y controlable por la vía del SICOM.
  • Subsidios a la nómina de las empresas, como ocurrió, por ejemplo, en Perú, o herramientas que permitan una flexibilidad laboral, a efectos de garantizar el sostenimiento de nuestro personal durante esta coyuntura.
  • Que se establezcan líneas de crédito especiales y exclusivas para la industria con tasas compensadas, con periodos de gracia, sin intermedicación bancaria y con garantías del gobierno o del FNG, que sean desembolsados de manera directa por entidades del estado tales como Bancoldex, Findeter, Banco Agrario, etc. Estas facilidades de crédito deben tener en cuenta que la mayor parte de operadores del país ya se encuentran en crisis, que la calificación crediticia del sector no nos permite acceder a créditos en la banca comercial e inclusive que varios operadores se encuentran en procesos de reorganización empresarial.
  • Crear las condiciones para que el Fondo de atención de emergencias (Decreto 444 de 2020) financie o inverta en los concesionarios de operación de transporte del pais.
  • Crear el marco jurídico necesario para que las empresas que se encuentran en regimén de insolvencia puedan reformar las negociaciones ya existentes o en curso, incluso frente a los acuerdos pos, evitando cualquier riesgo de liquidación, y con la finalidad de proteger la empresa y la generación de empleo en el marco de esta contingencia.
  • Que se establezcan medidas tributarias o parafiscales a efectos de aliviar la carga impositiva de los Operadores de Transporte y Recaudo.
  • Exención de impuestos o aranceles para los proveedores que hagan parte de la cadena de suministro de repuestos y equipos y del medio de pago.
  • Flexibilización y simplificación de trámites a la importación de los repuestos necesarios para garantizar el mantenimiento y operación de la flota y de recaudo.
  • Implementación de un mecanismo de protección al alto incremento de costos de repuestos por efecto del desbordamiento de la TRM.
  • Exención de pago tasa de contribución especial para la vigilancia que se debe realizar a la Superintendencia de Puertos y Transporte.
  • Suspender de manera temporal el cobro de primas de seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual de la flota inoperante durante el tiempo de parálisis ya trancurrido y el que se avecina.
  • Excluir del pago de seguridad social y parafiscales a las empresas operadoras de transporte y recaudo de los SITM y los SITP.

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