Ante el riesgo de desabastecimiento de agua por el Fenómeno de El Niño, la autoridad ambiental del Atlántico, CRA, ordenó el cierre total de las compuertas El Porvenir y Villa Rosa en el Embalse del Guájaro y al mismo tiempo tomó otras determinaciones ante la fuerte temporada seca en el departamento.
De acuerdo con los pronósticos climáticos y las alertas emitidas por el IDEAM, se generó una serie de directrices para minimizar el riesgo de desabastecimiento de agua en el Departamento, como parte de las medidas inmediatas y de contingencia adoptadas en relación con el manejo y administración del recurso hídrico, para la reducción del riesgo en materia de oferta y disponibilidad del agua.
En atención a lo anterior, la autoridad ambiental aseguró que, a partir de la fecha no se otorgarán nuevas concesiones que comprometan la disponibilidad del recurso hídrico en el Departamento, en los próximos cuatro meses; así como también se estableció priorizar el uso doméstico de agua y seguridad alimentaria sobre los demás usos otorgados a las fuentes hídricas y el seguimiento a las concesiones de las fuentes hídricas más vulnerables.
Entre las recomendaciones emitidas por la C.R.A., se limita el uso a las concesiones cuyo propósito sea los usos suntuosos asociados a riego de prados, jardines, lavado particular de autos y actividades no autorizadas; y se restringen algunos usos de agua que pueden poner en riesgo el abastecimiento para consumo humano y para el funcionamiento de los sistemas naturales en el Embalse del Guájaro, Ciénaga El Rincón o Lago del Cisne, complejo de humedales Río Magdalena y en general de todas las fuentes de agua superficiales del Departamento.
También, quedan restringidas temporalmente los caudales, usos o consumos autorizados, estableciendo turnos para el uso del recurso o distribución porcentual de los caudales concesionados en las Cuencas, Canal del Dique, Río Magdalena, Mallorquín y Cuenca Caribe, y quedan prohibidas las quemas controladas para la preparación de terrenos para la agricultura u otras actividades productivas.
Así mismo, se estableció que se prohíbe la ejecución de actividades que puedan poner en peligro de contaminación las fuentes o depósitos de agua que abastecen acueductos o suministran agua para el consumo humano y se dar prioridad y celeridad los trámites que permitan el aprovechamiento de fuentes alternas para abastecimiento de la población.
Como medida de prevención, la C.R.A. ha ordenado – No generar fogatas en espacios naturales.
– Cerrar llave del agua, cuando no esté utilizándola.
– Aplicarse bloqueador solar, por el aumento de la radiación ultravioleta
– Hidratarse bien.
– No exponerse durante largos periodos al sol.