La Alcaldía de Barranquilla expidió medidas que regulan la circulación de motocicletas, motociclos y motocarros, a través del Decreto 0913 del 30 de octubre de 2024.
Eucaris Navarro, secretaria de Tránsito del Distrito, explicó que esta medida servirá para reducir la accidentalidad porque de acuerdo con los indicadores de siniestralidad en 2024, se han reportado 84 víctimas por siniestros de tránsito, de los cuales 40 fueron motociclistas (36 conductores y 4 pasajeros), lo que representa el 48% por ciento del total de víctimas.
Detalló que “la circulación de motocicletas, motociclos y motocarros en Barranquilla queda restringida todos los días de la semana entre las 11:00 p.m. y 5:00 a.m. del día siguiente. Se permite la circulación cuando el propietario es conductor y puede llevar acompañante siempre y cuando esté inscrito. Se prohíbe la circulación de motocicletas, motociclos y motocarros en el cuadrante delimitado por la Calle 30, entre otras medidas que comprende este decreto”.
Por otro lado, indicó que las prohibiciones y/o restricciones establecidas serán objeto de permiso especial por parte de la autoridad de tránsito, quien podrá autorizar la circulación en esta zona con restricción de motocicletas, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas.
El conductor de motocicleta que incurra en la infracción codificada C.14 y será sancionado con multa equivalente a quince salarios mínimos legales diarios vigentes ($573.284). Además, el vehículo será inmovilizado.