La abogada Martha Lorena Francisca Sánchez Zapata fue designada inspectora in situ, por parte del Ministerio de Educación Nacional, para que vigile la gestión administrativa y financiera de la Universidad Autónoma del Caribe, mientras persisten las situaciones que originaron las medidas preventivas y de vigilancia especial en ese centro de educación superior.
Sánchez Zapata es especialista en Derecho Comercial, Máster en Derecho de los Negocios Internacionales y Derecho Empresarial.
Cuenta con amplia experiencia profesional y docente, desempeñándose por más de 15 años como docente en áreas de derecho comercial, financiero, contratación internacional, y régimen contractual público y privado.
Se ha desempeñado como asesora de diferentes entidades fiduciarias colombianas, así como de entidades del sector público; ha sido consultora en temas relacionados con derecho financiero, comercial, societario y de los negocios.
El pasado 12 de febrero, Mineducación ordenó medidas preventivas y de vigilancia especial a la Universidad Autónoma del Caribe, a través de la resolución 01962.
Una de las acciones consiste precisamente en la designación del Inspector in situ, por parte del Ministerio.
Igualmente, el Ministerio le ordenó a la Universidad, la elaboración y presentación de un plan de mejoramiento con carácter obligatorio tendiente a corregir, en el menor tiempo posible, las situaciones de irregularidad y anormalidad descritas en los informes de visita de Inspección y Vigilancia. Este plan tendrá seguimiento especial por parte de la Inspectora in situ.
Asimismo, le ordenó atender las condiciones y órdenes que fije el Ministerio sobre el manejo financiero y administrativo, para corregir o superar las situaciones detectadas.
En su momento, el ministerio informó que estas medidas surgen de la necesidad de adelantar acciones que permitan superar las deficiencias administrativas y financieras halladas por esa entidad, con el fin de garantizar el derecho a la educación de los estudiantes en condiciones de continuidad y calidad.
Se precisó que la continuidad, ampliación o terminación de las mismas estará sujeta al cumplimiento efectivo de las acciones que permitan la superación de las deficiencias identificadas.
Las anteriores medidas «fueron ordenadas sin perjuicio de las investigaciones preliminares que se han iniciado, mediante las resoluciones 01227 del 29 de enero de 2018, 01445 y 01446 del 2 de febrero de 2018», se indicó.