La Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial prorrogó hasta el 31 de octubre de 2020, la vigencia del Decreto 0452 de junio 27 de 2017, por medio del cual se adoptan medidas que regulan la circulación de motocicletas y motocarros Barranquilla.
Las medidas se prorrogan para seguir ejerciendo el control de la circulación de este tipo vehículos, con el fin proteger la vida de conductores, pasajeros, peatones, y evitar el incremento en los niveles de accidentalidad, muertes y heridos que afectan a personas que utilizan estos vehículos como medio de transporte.
Entre las medidas se encuentran: la prohibición de circulación de motos en el horario nocturno en Barranquilla durante todos los días de la semana en el siguiente horario: de 11:00 de la noche hasta las 05:00 de la mañana del día siguiente.
Excepción: Los conductores que figuren como propietarios del vehículo en la licencia de tránsito podrán circular con acompañante en este horario, siempre y cuando el acompañante sea de los autorizados.
El propietario del vehículo podrá incluir como acompañante a su esposa(o) y/o compañera(o) permanente e hijos y hasta 8 personas adicionales (Información que deben radicar en la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial o registrar en la página web.
Queda prohibida la circulación y/o tránsito de motocicletas y motocarros en los siguientes corredores de Barranquilla así: Troncales del Sistema de Transporte Masivo: avenida Murillo (calle 45) entre avenida Circunvalar y carrera 46. Carrera 46 entre calle 30 y calle 75.
Zona Centro en el siguiente cuadrante: calle 30 (sin incluir) – carrera 38 –avenida Murillo (calle 45) – carrera 45.