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Distrito recuerda a organizadores de eventos que se debe interrumpir la venta de licor una hora antes de su finalización 

El secretario de Gobierno del Distrito, Clemente Fajardo, aclaró que el decreto 037 permite el consumo temporal y controlado de licor en la vía pública por eventos de carnaval.

“No es para todas las vías, el permiso es solo donde se realicen desfiles o eventos de Carnaval”,  insistió el funcionario.

Sobre el particular, la alcaldía de Barranquilla emitió el siguiente comunicado:

Con el propósito de preservar el orden público y velar por la sana convivencia, la Alcaldía de Barranquilla expidió el Decreto 0037 de 2019, por medio del cual regula el uso de las vías públicas durante las manifestaciones culturales, artísticas y tradicionales del Carnaval de Barranquilla.

El acto administrativo permite la ocupación temporal de las calles y sectores aledaños a los eventos y el consumo controlado de bebidas alcohólicas en las zonas delimitadas. Una vez que la actividad con permiso excepcional haya finalizado, el lugar debe ser evacuado en su totalidad. Es responsabilidad de los organizadores, con su personal logístico, desalojar el lugar o los espacios empleados.

“Los permisos y horarios concedidos por parte de la Administración Distrital a los eventos, desfiles o actividades deben cumplirse y respetarse. Una vez finalicen estos eventos, los asistentes no podrán quedarse ocupando los espacios o sectores donde se realizó el espectáculo”, señaló el secretario distrital de Gobierno, Clemente Fajardo Chams.

El decreto establece, en su artículo 4, que se permitirá el uso excepcional y temporal de las vías públicas adyacentes a los eventos, actos festivos y lúdicos. De igual forma, el artículo 5 ordena que se debe interrumpir la venta de licor 1 hora antes de la finalización del evento.

De otra parte, el secretario de Gobierno del Distrito, Clemente Fajardo, desmintió que se haya registrado disturbios o amotinamiento en la Cárcel Distrital del Bosque.

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