A través del Decreto 311 de 31 de agosto de 2020, la gobernadora del Atlántico definió que las elecciones complementarias para escoger el alcalde de Repelón serán este 25 de octubre.
En este Decreto se indica que las elecciones se realizan ante el fallecimiento del alcalde Eduardo Polo Mendoza, tal como es de conocimiento público.
Se fundamenta el Decreto de la Gobernadora en el artículo 98 de la Ley 136 de 1994 en el cual se establecen las faltas temporales y absolutas de los alcaldes y se señala que la muerte se constituye como faltante absoluta en el mencionado cargo.
En su artículo Primero el Decreto 311 del 31 de agosto del presente año convoca a las elecciones en Repelón para el 25 de octubre y en su segundo artículo se indica que la Registraduría Nacional a través de sus delegados en el departamento y en el municipio debe proceder a la elaboración del calendario electoral.
Registraduría fija calendario electoral.
Luego de conocer el Decreto por medio del cual la Gobernadora, Elsa Noguera fija la fecha del 25 de octubre para las elecciones complementarias en Repelón, la Registraduría Nacional realizó de manera inmediata el calendario electoral para este proceso democrático.
De esta manera a partir de este primero de septiembre, se abre el período de inscripción de candidatos para los partidos y movimientos políticos.
El 15 de septiembre vece la inscripción de candidatos para los partidos políticos, el 16 de septiembre se inicia el periodo de modificación de los candidatos inscritos.
Se indicó igualmente que el 22 de septiembre finaliza el periodo de modificaciones, el 24 de septiembre se hace la publicación de los candidatos inscritos y la Registraduría remite a los organismos competentes el listado de los candidatos para certificar posibles inhabilidades.
El 25 de septiembre es el cierre y se hace la publicación del censo electoral. El 2 de octubre es la designación de los delegados del Consejo Nacional Electoral.
El 9 de octubre se hace la designación de las comisiones escrutadoras; el 10 de octubre es la fecha límite para designar los jurados de votación. El 14 de octubre es la inscripción de candidatos en caso de muerte de alguno de los aspirantes.
El 24 de octubre se inicia la Ley Seca a partir de las 6 de la tarde del día anterior a las elecciones y el 25 de octubre es el día de la jornada electoral.