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Juez suspende expulsión del fiscal de ADEA, Alberto Ortiz Saldarriaga

La medida cautelar, dictada por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Barranquilla, deja sin efectos la decisión adoptada por la Asamblea General de Delegados en julio de 2025, que había expulsado al fiscal elegido por las bases del magisterio.

El Juez Primero Civil del Circuito de Barranquilla, Norberto Gari García, decretó una medida cautelar de suspensión provisional en favor de Alberto Ortiz Saldarriaga, dejando sin efectos las decisiones adoptadas por la Asamblea General de Delegados de la Asociación de Educadores del Atlántico (ADEA), consignadas en la Resolución No. 001 del 22 de julio de 2025, mediante la cual se había ordenado su expulsión.

La determinación judicial, emitida el pasado 7 de noviembre de 2025, se fundamenta en el inciso 2 del artículo 382 de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso) y, en la práctica, suspende los efectos de la sanción impuesta al fiscal sindical elegido por las bases del magisterio atlanticense.

La expulsión de Ortiz Saldarriaga se produjo tras una controvertida actuación de la Dirección Territorial del Ministerio de Trabajo, que reconoció con dos meses de retraso a cinco de los once directivos sindicales de la ADEA, quienes posteriormente convocaron una asamblea para tramitar —en una inexistente segunda instancia— la sanción disciplinaria.

Según se advierte en el expediente, los delegados no contaron con tiempo suficiente para estudiar el caso ni garantizaron el derecho a la defensa y al debido proceso del afectado. Además, ignoraron lo establecido en el artículo 398 del Código Sustantivo del Trabajo, que otorga la potestad sancionatoria exclusivamente a la Asamblea General de Afiliados, así como el artículo 23 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, que impide sanciones disciplinarias contra funcionarios elegidos democráticamente sin mediar una condena penal.

En su momento, Ortiz ya había señalado que la resolución de expulsión emitida por la Junta Directiva el 24 de julio de 2024 fue revocada el 27 de junio de 2025 mediante la Resolución 004, por lo que la Asamblea de Delegados no tenía competencia para pronunciarse nuevamente sobre el asunto.

El fallo del juez implica que las decisiones de la ADEA quedan temporalmente sin efecto, hasta tanto se resuelva de fondo la demanda de impugnación de actos sindicales interpuesta por Ortiz Saldarriaga.

El docente calificó la decisión como “una primera victoria jurídica y un avance importante”, y manifestó su disposición a llevar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos si se agotan los mecanismos internos sin obtener justicia.

Ortiz también recordó que, por este mismo caso, la acción de tutela inicialmente fallada como improcedente fue objeto de un incidente de nulidad en segunda instancia, y aseguró que en la Fiscalía cursan procesos por presunto prevaricato y fraude procesal, de los cuales podrían derivarse nuevas decisiones en los próximos días.

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