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Tenderos deben recurrir a Camcomercio para definir su actividad comercial frente al Código de Policía: Fajardo

El Código de Policía no se mete con las tiendas, solamente establece en su artículo 140, numeral 7, que no se pueden consumir bebidas embriagantes en el espacio público, respondió el secretario de Gobierno, Clemente Fajardo, a los directivos de Undeco que habían anunciado demandar la mencionada ley, si el Distrito no regula lo relacionado con la venta de cerveza en estos establecimientos.

«La situación la deben ventilar ellos con la Cámara de Comercio, entidad donde se matriculan, definiendo el tipo de actividad comercial que desarrollan; y si quieren cambiar su perfil comercial, es en esa entidad donde deben hacer las consultas necesarias», reiteró Fajardo.

«El código es una ley que habilita a algunos establecimientos públicos como discotecas, estaderos y otros similares, a vender y a que sus clientes consuman licor en el interior de ellos, pero nunca en la vía pública», insistió el funcionario distrital.

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