El Tribunal Administrativo del Atlántico declaró la nulidad de la Resolución Metropolitana 197 del 4 de octubre de 2021, mediante la cual se creó el marco institucional para la implementación del Sistema Inteligente de Transporte Público (Sibus) en el área metropolitana de Barranquilla.
Con esta decisión, el alto tribunal revocó la sentencia del 13 de noviembre de 2025 emitida por el Juzgado 12 Administrativo del Circuito de Barranquilla, que había negado las pretensiones de la demanda presentada por las empresas Trasalianco y Sobusa S.A.
La resolución anulada establecía las condiciones para implementar el sistema de recaudo centralizado, el sistema de gestión y control de flota y las herramientas tecnológicas de información al usuario para el transporte público colectivo de pasajeros.
Las razones del fallo
En la sentencia, el Tribunal consideró que la resolución implementó de facto el sistema, pese a que no se habían realizado ni aprobado previamente los estudios técnicos y financieros por parte del Departamento Nacional de Planeación (DNP), requisito que, según la corporación, exige la normativa vigente.
El fallo señala que la expedición del acto administrativo se produjo con una infracción de las normas que debían servirle de fundamento, al no cumplirse el procedimiento previo para evaluar la viabilidad técnica, financiera y económica del proyecto.
Aunque el Tribunal reconoció que el Área Metropolitana de Barranquilla tiene competencias para adoptar políticas relacionadas con el transporte público colectivo y masivo, sostuvo que la implementación de este tipo de sistemas debía estar respaldada por un estudio de costos, proporcionalidad y razonabilidad avalado por el DNP, conforme a las directrices del Ministerio de Transporte.
Área Metropolitana anuncia acciones legales
Tras conocer la decisión, el gerente del Área Metropolitana de Barranquilla, Libardo García, aseguró que la entidad respeta las decisiones judiciales, pero manifestó su desacuerdo con los argumentos expuestos por el Tribunal.
El funcionario indicó que la entidad hará uso de los mecanismos jurídicos correspondientes para controvertir la providencia y defender la legalidad de la actuación administrativa.
Según García, el Tribunal sustentó su decisión en disposiciones que, a juicio de la entidad, no son aplicables a la naturaleza del sistema tecnológico de recaudo, control de flota e información al usuario implementado para el transporte público colectivo.
Además, precisó que, como la sentencia aún no está ejecutoriada, el Área Metropolitana solicitó su aclaración y continuará defendiendo que las actuaciones relacionadas con Sibus se desarrollaron dentro del marco de las competencias legales y de la normativa vigente.










