La Ley 2155, más conocida como de Inversión Social, contempla una serie de beneficios para conductores de vehículos y motocicletas sancionados con anterioridad al 30 de junio de este año.
De esta manera, los infractores podrán cumplir con sus obligaciones de pago de deudas por infracciones cometidas a las normas de tránsito.
Concretamente, la Ley incluye un artículo transitorio que señala lo siguiente:
“Los deudores de multas por infracciones a las normas de tránsito que se hayan hecho exigibles con anterioridad al 30 de junio de 2021, tendrán derecho a la siguiente condición especial de pago:
“1. Dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagará el 50% del capital sin intereses de mora.
“2. Entre los cuatro (4) Y los ocho (8) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagará el 50% del capital sin intereses de mora.
“3. Entre los ocho (8) y los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagará el 80% del capital sin intereses de mora”.
La condición especial de pago establecida no se aplicará para el pago de multas por infracciones a las normas de tránsito impuestas a conductores bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas y cuyas sanciones penales y administrativas están señaladas en la Ley 1696 de 2013.
Del mismo modo contempla otro artículo transitorio que establece lo siguiente:
“Los deudores de multa por infracciones a las normas de tránsito de motocicletas, que se hayan hecho exigibles con anterioridad al 30 de junio de 2021, tendrán derecho a la siguiente condición especial de pago:
“1. Dentro de los 6 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagara el 20% del capital sin intereses.
“2. Entre los 6 y 8 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley se pagará el 40% del capital sin intereses.
“3. Después de los 8 y hasta los 12 meses, pagará el 60% del capital sin intereses”.