La Corte Constitucional con ponencia de la magistrada Cristina Pardo declaró estado de cosas inconstitucional dentro del proceso de referencia T-7987084, en el que figuran como accionantes excombatientes de la guerrilla de las FARC y como parte accionada la Presidencia de la República, el Ministerio del Interior, la Unidad Nacional de Protección UNP, la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, la Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación y otros.
El Estado de Cosas Inconstitucional se usa en casos de vulneración masiva y generalizada de varios derechos constitucionales que afecta a un número significativo de personas. En el caso de los excombatientes de las FARC el tribunal concluye que se les violentaron sus
derechos fundamentales a la vida, a la integridad personal y a la paz.
El pronunciamiento del alto tribunal constitucional evidencia la sistemática violación por parte del actual gobierno a las garantías pactadas con los desmovilizados teniendo como garantes a la comunidad internacional.
La histórica sentencia encontró graves incumplimientos al Acuerdo de Paz y ataques a los y las excombatientes firmantes del acuerdo de paz, lo que comporta fallas en la implementación del componente de garantías de seguridad para los excombatientes de las Farc que se sometieron al acuerdo de paz.