El Gobierno Nacional reiteró este martes el llamado a los contribuyentes colombianos para que reporten todos los activos e ingresos globales que tengan no solo en Colombia sino en cualquier jurisdicción y evitar así millonarias sanciones, luego de un reporte según el cual el nivel de declaración es demasiado bajo, de acuerdo con los llamados “Papeles de Panamá”.
El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas expresó que el 65 por ciento de los 1.200 casos hallados en los “Papeles de Panamá”, no ha declarado sus activos en Colombia.
El jefe de la cartera de Hacienda, destacó que, “la obligación del contribuyente, desde el punto de vista tributario, es llenar la Declaración Anual de Activos en el Exterior, un formulario en el que se reporta qué activos tienen en el exterior”.
“El porcentaje de personas naturales y jurídicas que ha reportado esas inversiones en el país, ante la Dian, es sumamente bajo. Del total que ha sido listado, sólo el 35 por ciento ha reportado esos activos en el país. Es decir un 65 por ciento ha evadido su obligación”, resaltó el ministro Cárdenas, basado en la información publicada por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (Icij).
Hay que llenar declaración de activos
El funcionario explicó que si el valor de estos activos supera los 106 millones de pesos, los contribuyentes deben detallar las inversiones que poseen.
“Si los activos que se tienen en el exterior exceden la cifra de $106 millones, en el formulario se debe hacer un listado detallado sobre las inversiones, cuentas en bancos, inversiones en empresas, finca raíz, la jurisdicción, la naturaleza del activo y el valor patrimonial”, aclaró.
De acuerdo con Cárdenas, se ha evidenciado que hay sociedades que hacen inversiones en Colombia y las declaran ante el Registro de Cambio de Inversión Extranjera del Banco de la República, pero eso es muy distinto a declararlas desde el punto fiscal y tributario.
“Quienes tienen inversiones en el exterior, no es suficiente que hagan el Reporte de Inversión Extranjera en el Banco de la República, este es un requisito cambiario. Deben haber llenado la declaración de activos en el exterior, que es el requisito tributario en la ley colombiana”, puntualizó.