La Defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, estuvo este martes en una audiencia pública ante la Corte Constitucional para dar su opinión frente a un expediente que analiza la exclusión de protección de combatientes víctimas de su propio grupo armado.
“La Defensoría fue clara: la violencia sexual intrafila debe ser penalizada en igualdad de condiciones, incluso si la víctima tiene función continua de combate. No hacerlo desconoce los principios de humanidad e igual protección ante la ley”, señaló la Defensoría ante la Corte.
Indicó que “no es razonable excluir de protección a víctimas de violencia sexual solo por ser parte de un grupo armado. Por el contrario, estas personas enfrentan especial vulnerabilidad debido a la disciplina violenta y la sujeción dentro de las filas”.
Recordó que la dignidad humana es la base de la Constitución que rige a nuestro país. Además, que existe el principio de humanidad prohíbe por completo la violencia sexual, sin importar el estatus de la víctima.
Por esta razón, la Defensoría del Pueblo solicitó a la Corte Constitucional declarar la inexequibilidad las expresiones demandadas para garantizar los derechos de las víctimas de violencia sexual intrafila.
“La regla constitucional es clara: debe protegerse por igual a toda persona frente a la violencia sexual en el contexto de un conflicto armado”, puntualizó la Defensora ante los magistrados.


