Este martes la plenaria de la Cámara de Representantes, aprobó en cuarto y último debate el proyecto de Ley por el cual se elimina el cobro de reconexión de servicios públicos a los estratos 1,2 y 3.
Todas las entidades prestantes de servicios públicos deberán reinstalar el servicio hasta 24 horas después que los usuarios hayan pagado la deuda
La ponencia fue presentada por los Representantes Diego Patiño Amariles, Inés Cecilia López y Jaime Felipe Lozada.
Gracias a este proyecto de Ley, se modificaron los artículos 96 y 142 de la Ley 142 de 1994, por la cual se establece el régimen de servicios públicos domiciliaros.
Esto quiere decir que se elimina el cobro del cargo por reconexión o reinstalación de cualquier servicio público domiciliario de los inmuebles residenciales de los estratos 1,2,3 si la causa de suspensión ha sido la mora en el pago de las facturas.
Por otro lado el artículo 42 modifica el tiempo para establecer la conexión que tienen las empresas, este plazo es de 24 horas a partir de que el usuario cancele su deuda.