El ministro del Interior, Armando Benedetti, rechazó la decisión de la presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, Gloria Elena Arizabaleta, de ordenar la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro dentro de una investigación por presunta participación en política.
A través de un pronunciamiento público, el funcionario aseguró que la Comisión de Acusación no tiene competencia constitucional para suspender al jefe de Estado y sostuvo que dicha facultad corresponde exclusivamente al Senado de la República, dentro de un procedimiento específico establecido por la Constitución.
“En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente”, manifestó Benedetti.
El ministro también señaló que la medida carece de sustento jurídico debido a que fue adoptada por una representante investigadora y no por las instancias competentes previstas en la Constitución.
“Luego la Comisión de Acusaciones no puede suspender al Presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante”, agregó.










