El Consejo de Estado suspendió de manera provisional el decreto mediante el cual el Gobierno del presidente Gustavo Petro eliminó la prima especial para quienes se vincularan al servicio público a partir del 20 de julio de 2026, una prestación que asciende a $16.914.540 en el caso de los congresistas y que también cobija a otros funcionarios con el mismo régimen salarial.
La decisión fue adoptada como medida cautelar dentro de una demanda de nulidad que cursa en la alta corporación y, mientras se resuelve el proceso de fondo, la prima vuelve a tener efectos jurídicos para los servidores cobijados por el decreto.
El tribunal advierte posible vulneración al principio de igualdad
Según explicó el Consejo de Estado, el decreto establecía que quienes ingresaran al servicio público desde el 20 de julio de 2026 dejarían de recibir esta prestación económica, mientras que quienes ya estaban vinculados antes de esa fecha continuarían percibiéndola.
Para la corporación, esa disposición genera un tratamiento desigual entre funcionarios que desempeñan los mismos cargos y funciones, diferenciándolos únicamente por la fecha de vinculación.
«La Sala estableció que la norma demandada impone una dualidad en el tratamiento jurídico que reciben dos tipos de funcionarios, pese a ocupar los mismos cargos y ejercer las mismas funciones», indicó el alto tribunal.
La medida también cobija a otros servidores públicos
El Consejo de Estado precisó que la demanda advierte una posible afectación de derechos de servidores de la Rama Judicial, la Procuraduría General de la Nación, la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y otras entidades cuyos funcionarios comparten el régimen salarial y prestacional previsto en la Ley 4 de 1992.
Según la corporación, la diferencia introducida por el decreto podría desconocer las garantías establecidas en la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (Ley 270 de 1996), que reconoce el derecho de los servidores judiciales a recibir una remuneración justa y acorde con las funciones y la jerarquía del cargo.
Asimismo, el alto tribunal señaló que la medida podría contrariar el principio constitucional de «a igual trabajo, igual salario», consagrado en los artículos 13, 25 y 53 de la Constitución Política.
Con la suspensión provisional, el decreto deja de producir efectos mientras el Consejo de Estado analiza la legalidad de la norma y adopta una decisión definitiva sobre la demanda de nulidad.












