El exmagistrado del Consejo Nacional Electoral, César Lorduy, advirtió que el presidente Gustavo Petro no puede convocar por decreto la consulta popular que viene impulsando.
Advirtió que la Constitución Nacional, en el artículo 104, y las leyes estatutarias 134 y 1757 establecen que es el Senado de la República el que debe avalar y aprobar la consulta popular.
“Los servidores públicos deben acatar las leyes y las demás disposiciones legales”, expresó Lorduy
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