Juez niega tutela contra decreto de emergencia económica y respalda actuación del Gobierno Nacional

Un nuevo respaldo jurídico recibió el Gobierno Nacional luego de que el Juzgado 27 de Ejecución de Penas declarara improcedente una acción de tutela interpuesta contra el decreto de emergencia económica, expedido el pasado 22 de diciembre, con el que se faculta al presidente de la República para expedir impuestos con fuerza de ley.

La decisión judicial se conoce en medio del debate político y económico que ha suscitado el decreto, especialmente por su entrada en vigencia durante el periodo de vacaciones colectivas de la Rama Judicial, cuando la Corte Constitucional no puede ejercer de inmediato el control automático que establece la Constitución para los estados de excepción.

La tutela fue presentada por la senadora Paloma Valencia, el director del Centro Democrático, Gabriel Jaime Vallejo, así como por Alain David Bustos, Carlos Edward Osorio Aguiar, Elkin Darío Meriño, entre otros demandantes, quienes buscaban suspender provisionalmente los impuestos decretados por el Ejecutivo.

No obstante, el juzgado fue claro al señalar que la acción de tutela no puede utilizarse como un mecanismo alterno o sustitutivo del control de constitucionalidad, función que corresponde de manera exclusiva a la Corte Constitucional.
Resulta evidente que la acción de tutela no puede ser utilizada como un mecanismo paralelo, alternativo o sustituto del control de constitucionalidad atribuido de manera expresa a la Corte Constitucional”, señala el fallo.

El despacho judicial advirtió además que acceder a las pretensiones de los accionantes desconocería el diseño institucional y procedimental previsto por el constituyente, tanto en el plano fáctico como en el sustancial.
La suspensión provisional del decreto implicaría desconocer el esquema constitucional establecido para el control de los estados de excepción”, agregó la providencia.

Con esta decisión, el decreto de emergencia económica continúa vigente, a la espera del pronunciamiento de fondo que deberá realizar la Corte Constitucional, una vez retome plenamente sus funciones.

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