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Niegan medidas cautelares en caso de curul de Recer Lee Pérez

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Un reciente fallo judicial determinó que no hay evidencia de necesidad urgente de declarar o no la vacancia del cargo de concejal Recer Lee Pérez, por lo que decidió negar las medidas cautelares solicitadas.

La medida provisional de tutela que buscaba que Andrea Camila Vargas de la Hoz pudiera ocupar el curul que dejó vacante Recer Lee Pérez Torres en el concejo de Barranquilla, fue negada por el Juzgado Noveno Civil Municipal de Oralidad de Barranquilla.

La acción buscaba que se le ordenara al Concejo Distrital de Barranquilla que, en un plazo máximo de 24 horas después de la admisión de tutela, se tomara la decisión sobre la vacante de concejal.

El Juzgado admite la tutela, pero considera que no se aportaron las pruebas donde conste que el declarar o no la vacancia del cargo del concejal Recer Lee Pérez, requiera con la urgencia inmediata para evitar un perjuicio irremediable, “situación que no da a lugar a que el despacho judicial dicte la medida provisional solicitada, por lo que solo se procede a avocar el conocimiento de la tutela por ajustarse a las normas”.

La  tutela fue interpuesta para que se protegieran los derechos constitucionales fundamentales al debido proceso, seguridad jurídica, a ser elegida, a tener iniciativa en las Corporaciones Públicas y acceder a funciones y cargos públicos  de la candidata al concejo Andrea Vargas.

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