La Corte Constitucional resolvió una acción de tutela presentada por la defensa de Dayana Jassir de la Hoz y ordenó su libertad provisional mientras la Corte Suprema de Justicia decide el recurso de casación interpuesto contra la condena en su contra por el homicidio de su esposo, Eduardo Pinto Viloria, exdirector regional norte de Medicina Legal.
En la decisión, la Corte dejó sin efectos de manera temporal el resolutivo relacionado con la captura inmediata emitida el pasado 7 de abril de 2025 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla.
El fallo precisa que se suspende “únicamente en lo relativo a la orden de captura inmediata en contra de Dayana Jassir de la Hoz” y ordena al Tribunal emitir, en un plazo máximo de 48 horas, una nueva decisión debidamente sustentada.
La Corte Constitucional indicó que el Tribunal deberá analizar de forma “expresa, concreta e individualizada” si realmente es necesaria la privación inmediata de la libertad antes de que quede ejecutoriada la sentencia condenatoria.
En consecuencia, el alto tribunal ordenó la libertad inmediata de Jassir, siempre y cuando no exista otra orden judicial vigente en su contra.
Familia de Eduardo Pinto pidió mantener la orden de captura
Tras conocerse la decisión, Rebeca Viloria, madre de Eduardo Pinto, envió una carta al Tribunal Superior de Barranquilla solicitando mantener la medida privativa de la libertad contra Dayana Jassir mientras la Corte Suprema resuelve el recurso extraordinario de casación.
La familia de la víctima ha seguido de cerca el proceso judicial desde el crimen ocurrido el 4 de mayo de 2016 en Barranquilla.
El proceso judicial contra Dayana Jassir
El 19 de mayo de 2025, funcionarios del CTI de la Fiscalía y de la Sijín hicieron efectiva la captura de Dayana Jassir luego de que el Tribunal Superior de Barranquilla revocara el fallo absolutorio emitido en primera instancia y la condenara a 57 años y 6 meses de prisión.
La mujer fue señalada por la Fiscalía de participar en el homicidio de su esposo, Eduardo Pinto Viloria.
Inicialmente, Dayana Jassir había sido capturada el 27 de junio de 2016 y presentada ante un juez por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir, cargos que no aceptó.
Posteriormente permaneció recluida en la cárcel El Buen Pastor de Barranquilla, pero el 9 de febrero de 2018 recuperó la libertad por vencimiento de términos, luego de que un juez determinara que habían transcurrido más de 120 días sin iniciar el juicio oral.
El proceso permaneció durante varios años en etapa preparatoria en el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Barranquilla. Más adelante, y tras acciones judiciales impulsadas por la familia de Eduardo Pinto, el expediente pasó al Juzgado 12 Penal del Circuito, donde el juicio avanzó hasta conocerse una sentencia absolutoria el 8 de noviembre de 2024.
En esa oportunidad, la jueza Beatriz Arteta argumentó que existían dudas y contradicciones en los testimonios presentados por la Fiscalía para demostrar la responsabilidad de Dayana Jassir.
No obstante, la Fiscalía apeló la decisión y finalmente el Tribunal Superior de Barranquilla revocó la absolución, la condenó a más de 57 años de prisión y ordenó su captura inmediata.











