Mediante el Decreto 0076 de 2026, la Alcaldía de Barranquilla estableció un horario laboral especial con descanso compensado para los servidores de la Administración Central del Distrito con ocasión de la Semana Santa.
La decisión, adoptada en el marco de las facultades legales del despacho del alcalde y conforme a las normas que regulan la jornada de los servidores públicos, busca facilitar espacios de integración familiar y participación en actividades propias de la Semana Mayor, sin afectar la prestación del servicio.
Jornada de compensación previa
El decreto dispone que los funcionarios deberán cumplir jornadas adicionales de compensación desde este martes 24 de febrero hasta el 27 de marzo, en el siguiente horario:
- Lunes a viernes: 7:00 a. m. a 12:00 m. y de 1:00 p. m. a 6:00 p. m.
Durante ese mismo período, la atención al público en la Administración Central se realizará en jornada continua de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., en días hábiles.
Días de descanso compensado
Como resultado de la compensación previa, los servidores distritales tendrán descanso los días:
- Lunes 30 de marzo
- Martes 31 de marzo
- Miércoles 1 de abril de 2026
En esas fechas no habrá atención al público en la Administración Central del Distrito.
Dependencias excluidas
La medida no aplicará para los servidores que prestan servicios en áreas esenciales como salud, seguridad y prevención, inspecciones de policía, comisarías de familia, oficinas de corregidores, centros de rehabilitación masculino y femenino y el Cuerpo Oficial de Bomberos, los cuales continuarán operando en sus jornadas habituales.
Con esta disposición, el Distrito ajusta su calendario laboral garantizando la continuidad de los servicios esenciales durante la Semana Santa 2026.










