La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) anunció que a partir de este martes 21 de julio quedó habilitada la consulta de la información exógena correspondiente al año gravable 2025, una herramienta que busca facilitar la preparación y presentación de la declaración de renta de personas naturales.
La entidad recordó que, de acuerdo con el calendario tributario, los vencimientos para declarar y pagar el impuesto de renta comenzarán el próximo 12 de agosto y se extenderán hasta el 26 de octubre, según los dos últimos dígitos del NIT o del documento de identificación del contribuyente.
¿Qué contiene la información exógena?
El reporte reúne la información fiscal que empleadores, entidades financieras, clientes, proveedores, notarías y otros terceros han suministrado a la Dian sobre las operaciones realizadas por los contribuyentes durante 2025.
Entre los datos disponibles se encuentran:
- Salarios y demás pagos laborales.
- Retenciones en la fuente practicadas.
- Saldos e intereses de cuentas bancarias.
- Consumos realizados con tarjetas de crédito.
- Compras de bienes.
- Operaciones inmobiliarias y notariales.
¿Cómo consultar el reporte?
Para acceder a la información exógena, los ciudadanos deben:
- Estar inscritos en el Registro Único Tributario (RUT).
- Ingresar al portal oficial de la Dian: www.dian.gov.co.
- Seleccionar la opción Portal Transaccional.
- Iniciar sesión con el usuario y la contraseña registrados.
La información no reemplaza la declaración del contribuyente
La Dian enfatizó que este reporte es únicamente una herramienta de apoyo para diligenciar el Formulario 210 y utilizar el programa Ayuda Renta, por lo que no sustituye la realidad económica del contribuyente.
La entidad precisó que la responsabilidad de presentar información veraz y respaldada con documentos válidos recae exclusivamente sobre cada ciudadano.
¿Qué hacer si encuentra inconsistencias?
Si el contribuyente detecta diferencias entre la información exógena y sus documentos de soporte, deberá contactar directamente a la entidad o persona que reportó los datos, como un banco, empleador o empresa, para solicitar la respectiva corrección.
La Dian aclaró que no modifica directamente la información reportada por terceros y explicó que, una vez realizada la actualización por parte del informante, los cambios se reflejarán en el sistema aproximadamente siete días después.
Finalmente, la entidad invitó a los ciudadanos a consultar el micrositio de Renta Personas Naturales disponible en su portal web, donde encontrarán el calendario completo de vencimientos, guías prácticas y herramientas para cumplir oportunamente con esta obligación tributaria.












